El Art. 57.2 de la Constitución Española de 1978 dispone que: El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España. En ese mismo sentido, el Art. 2 del Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre, sobre régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los Regentes, establece que: El heredero de la Corona tendrá desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento la Dignidad de Príncipe o Princesa de Asturias, así como los demás títulos vinculados tradicionalmente al Sucesor de la Corona y los honores que como tal le correspondan. Recibirá el tratamiento de Alteza Real. De igual Dignidad y tratamiento participara su consorte, recibiendo los honores que se establezcan en el ordenamiento jurídico.
Aunque esta arraigada dignidad se constitucionalizó en el Art. 201 de la Constitución Política de la Monarquía Española, promulgada en Cádiz a 19 de marzo de 1812 al disponer que: El hijo primogénito del Rey se titulará Príncipe de Asturias (cuatro años antes, el Estatuto de Bayona no incluyó ninguna referencia); su origen tiene más de seiscientos treinta años de historia y se remonta a finales del siglo XIV, precisamente, en un acuerdo que se ratificó en esa misma localidad francesa: El Tratado de Bayona suscrito por el rey Juan I de Castilla y Juan de Gante (John of Gaunt, Duque de Lancáster; que en aquella época se castellanizaba como Alencastre), para la paz y el casamiento de sus hijos, el infante Enrique y Catalina de Lancáster, el 8 de julio de 1388. Una de las estipulaciones que se regularon en aquel tratado fue que el infante Enrique –hijo y sucesor de Juan I– pasara a ostentar este reconocimiento, por primera vez, como primogénito del soberano antes de convertirse en Enrique III de Castilla (1379-1406).
El académico José Luis Sampedro (*) ha reflexionado al respecto afirmando que: La dignidad de Príncipe de Asturias fue creada, como es bien sabido, en 1388, a imitación del principado de Gales, propio del sucesor del trono inglés, cuando contrajeron matrimonio el futuro Rey Enrique III de Castilla, heredero de los usurpadores Trastámara, y Catalina de Lancaster, nieta del Rey Pedro I. Esta alianza matrimonial era un símbolo de reconciliación nacional en el reino castellano, pues la heredera del Rey destronado y asesinado por la rama bastarda en 1369, habría de dar continuidad al linaje Real, que de esta manera quedaba legitimado en la persona de su hijo, Juan II.
Junto al mencionado precedente del Príncipe de Gales –el primero fue Eduardo II en 1301 [precisamente, abuelo de Juan de Gante (el Duque de Lancáster)]– para denominar al heredero al trono inglés y, por extensión, al británico; hubo otras dos dignidades previas: el rey Carlos V el Sabio fue el primer "delfín" de Francia desde que, siendo príncipe, en 1349, recibió la provincia del Delfinado para gobernarlo; y en la Corona de Aragón, dos años más tarde, el 21 de enero de 1351, el rey Pedro IV creó el Principado de Gerona para su heredero: Juan I. Hoy en día, la Ley 8/2018, de 28 de junio, de actualización de los derechos históricos de Aragón lo incluye entre sus instituciones singulares (Rey, el Príncipe de Gerona, Cortes, Justicia Mayor, Diputación del Reino, Maestre Racional, los Municipios y Comunidades).
Por último, el breve Real Decreto 54/1977, de 21 de enero, sobre Títulos y Denominaciones que corresponden al Heredero de la Corona, aún contempla que: De acuerdo con la tradición española sobre títulos y denominaciones que corresponden al heredero de la Corona (…). Su Alteza Real don Felipe de Borbón y Grecia, Heredero de la Corona, ostentará el Título y la Denominación de Príncipe de Asturias. También le corresponden los otros Títulos y Denominaciones usados tradicionalmente por el Heredero de la Corona. Como sabemos, el príncipe se convirtió en el rey Felipe VI tras la abdicación de su padre [Ley Orgánica 3/2014, de 18 de junio, por la que se hace efectiva la abdicación de Su Majestad el Rey Don Juan Carlos I de Borbón]; de modo que su hija, Leonor de Borbón y Ortiz, es la actual Princesa de Asturias [así se cita, por ejemplo, en el Real Decreto 978/2015, de 30 de octubre, por el que se concede el Collar de la Insigne Orden del Toisón de Oro a Su Alteza Real doña Leonor de Borbón y Ortiz, Princesa de Asturias: (…) continuando la secular tradición observada en la Casa Real española de otorgar e imponer las insignias de la Insigne Orden del Toisón de Oro a quienes están llamados a suceder en la Corona de España].
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